Tribunal deniega parte del caso del Gobierno contra LUMA Energy por no avisarle antes
Juez concluye que no se demostró urgencia inmediata, pero atenderá la solicitud de injunction preliminar en una vista el 22 de diciembre
Por Rafelli Gonzalez|Energía|

El Tribunal de Primera Instancia de San Juan denegó la solicitud de entredicho provisional presentada por la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas (P3) y la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) en el pleito contra LUMA Energy, anunciada en un mensaje especial de la gobernadora Jenniffer González Colón en la tarde de ayer, jueves.
Sin embargo, el juez Arnaldo Cruz Callejo del Tribunal de Primera Instancia en San Juan programó una vista para evaluar el recurso injunction preliminar relacionado con la nulidad del contrato que también fue incluido en la reclamación judicial.
En una Resolución y Orden de tres páginas con fecha de hoy a las 7:22 de la mañana, el tribunal explicó que, tras examinar la petición, denegó la expedición de la solicitud de entredicho al concluir que de las alegaciones “no se desprende que una notificación previa a los demandados resultaría en la pérdida de la información o daños inmediatos e irreparables”.
El juez también señaló que “tampoco se alega que la parte demandante haya realizado gestiones previas, requerimientos extrajudiciales o solicitudes formales a LUMA para obtener la entrega de los documentos e información específica” antes de acudir al recurso extraordinario .
La Regla 57 de Procedimiento Civil permite un entredicho ex parte sin notificar al demandado solo si se demuestra que avisar primero causaría pérdidas o daños inmediatos e irreparables.
No obstante, el tribunal reconoció la importancia del planteamiento y señaló una vista presencial para atender la solicitud de injunction preliminar. Según la orden, la vista se celebrará “el 22 de diciembre de 2025, a las 9:30 a.m.” .
El juez advirtió además a LUMA que su incomparecencia podría tener consecuencias procesales, al apercibir que “de incumplir con esta orden se podrá considerar su incomparecencia como una aceptación de los hechos alegados” .
Esta determinación judicial no entra aún en los méritos de la demanda que busca declarar nula la extensión del contrato con LUMA, asunto que seguirá su curso en la vista pautada.
INDIARIO continuará dando seguimiento a este caso de alto interés público.
