La UTIER entra al Supremo a apoyar al gobierno para que la red vuelva a la AEE
El Tribunal dio Ha Lugar hoy al amicus del sindicato, que sostiene que el contrato de LUMA permite devolver la red a la AEE y sus 1,800 empleados
Por Redacción InDiario|Energía|
El Tribunal Supremo autorizó hoy a la Unión de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Riego a comparecer como amicus curiae en el pleito del Gobierno contra LUMA Energy y dio por presentado su alegato, un escrito que lee en el propio contrato de transmisión y distribución el camino para que la operación de la red regrese a la Autoridad de Energía Eléctrica. La resolución, certificada por el secretario del Tribunal, Javier O. Sepúlveda Rodríguez, llegó cinco días después de que el sindicato radicara su solicitud sin el consentimiento de todas las partes. "El Tribunal Supremo de PR acaba de emitir una resolución dando 'Ha Lugar' el Amicus Curie de la UTIER", escribió en X el presidente del sindicato, Ángel Figueroa Jaramillo.
La UTIER entró por la puerta que el propio Tribunal abrió el 5 de agosto, cuando expidió y consolidó los recursos CT-2025-0006 y CT-2025-0007 y exigió a la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas y a la AEE que "abunden con precisión sobre los remedios o el proceso de transición que tendría lugar en caso de prevalecer en su contención". En su solicitud, a la que INDIARIO tuvo acceso, el sindicato invocó la Regla 43 del Reglamento del Supremo, que exige explicar por qué el escrito es deseable y cómo ayuda al Tribunal sin repetir a las partes, y se comprometió a no intervenir como parte ni reabrir la validez de la Carta-Extensión del 30 de noviembre de 2022. Su aportación, dijo, se limita a la pregunta remedial que el Tribunal formuló, y esa pregunta "tiene una respuesta más concreta de lo que podría sugerir la controversia entre las partes". La resolución, según la reseñó El Vocero, no expone razones. La semana pasada el Tribunal había admitido a la Asociación de Industriales, que defiende la validez de la extensión.
EL REGRESO A LA AEE
El alegato de la UTIER desarma la premisa de LUMA de que salir del contrato obliga a crear otra empresa desde cero. El acuerdo de operación y mantenimiento define los servicios de transición de salida como la entrega de las funciones "back to Owner or to a successor operator", y el dueño es la AEE. La Sección 16.3 dispone que, a elección exclusiva de la AAPP, ManagementCo transfiera a la AEE o a su designado los intereses propietarios y los libros de ServCo, la subsidiaria que ejecuta las operaciones diarias y emplea a los trabajadores. La Sección 16.2(b) obliga a LUMA a entregar programas, registros, mapas, códigos de acceso y bases de datos "de manera que quien continúe las operaciones pueda utilizarlos sobre la misma base en que eran utilizados por LUMA", y el inciso (xxi) permite que la AAPP, a costo de la AEE, exija que la alta gerencia saliente quede disponible para asesorar hasta seis meses después de la terminación. El Anexo III fija la estabilidad de los empleados de ServCo como objetivo. La Sección 16.2(c), añade el sindicato, extingue la obligación de LUMA de prestar servicios de transición cuando ocurra primero el transcurso de doce meses o el agotamiento de la cuenta que los paga, un techo y no un piso, y el Artículo 6(b)(v) de la Ley 29-2009 autoriza a la AAPP a contratar directamente servicios interinos o de transición al concluir una alianza.
"El sistema no desaparece. Sigue perteneciendo a la AEE. La organización operacional no necesariamente desaparece. ServCo puede transferirse a la AEE o a su designado", resume el alegato, que recuerda que la Autoridad "conserva todavía una fuerza laboral aproximada de 1,800 trabajadores y trabajadoras" con décadas en plantas, líneas, subestaciones y despacho, y describe el organigrama anterior a LUMA, con siete regiones de transmisión y distribución, distritos técnicos dirigidos por ingenieros y supervisores de campo, como "un andamiaje mínimo de gerencia esencial para lograr la transición". El modelo que propone sustituye a los gerentes y conserva en su puesto a cada empleado no gerencial de ServCo. La UTIER aclara que no pide al Supremo que declare que la AEE "está lista para asumir mañana la operación completa". Su petición concreta es que el remedio no se evalúe "bajo la premisa opuesta e igualmente extrema de que la AEE ha dejado de ser una alternativa simplemente porque durante los últimos años LUMA haya ejercido la operación".
Figueroa Jaramillo no ha sido tan cauteloso fuera del Tribunal. En septiembre propuso en Radio Isla volver a un modelo público con otra gobernanza, mantener a los empleados técnicos de LUMA, recontratar a más de mil trabajadores de la AEE trasladados a otras agencias y traer de vuelta a retirados durante la transición, con un ahorro que estimó en unos $140 millones al año, cerca de un centavo por kilovatio hora según sus cálculos. "Volver a otro operador privado conllevaría el mismo fracaso que estamos viendo hoy", dijo.
UN ALIADO DE LA GOBERNADORA
En la pregunta de fondo, el alegato respalda a la gobernadora Jenniffer González Colón. El sindicato separa la validez de la carta de las consecuencias de anularla y le dice al Tribunal que, si el acto fue inválido, las dificultades del relevo "no pueden crear retroactivamente una autoridad que no existiera cuando se otorgó". "La aprensión por unas consecuencias no anticipadas no puede dar paso a validar una acción gubernamental nula", añade, y advierte que un sistema eléctrico público "no puede depender jurídicamente de que un contratista privado consienta indefinidamente en continuar operándolo". Esa es la respuesta a LUMA, que el 5 de octubre sostuvo ante el Supremo que anular la Carta-Extensión costaría unos $1,300 millones, con $143.3 millones de cargo por terminación, $117.8 millones por una transición de salida de doce meses, otros $117.8 millones por la entrada de un sustituto, $588.3 millones en cuentas de servicio de la AEE y $347.1 millones en cuentas por pagar, que pondría en riesgo $6,177 millones en fondos federales y que la AEE no tiene personal ni recursos para asumir el sistema.
La diferencia está en el destino. El Gobierno respondió el 6 de octubre que cerca de 70% de la cifra de LUMA son balances operacionales y cuentas por pagar que la AEE no le debe a la empresa, y sostuvo que existen mecanismos para mantener la red operando durante una transición hacia otro operador privado, cuya selección dependería del fallo. "Esta administración está defendiendo al pueblo de Puerto Rico de una empresa que mantiene al pueblo con un servicio esencial deficiente", dijo el zar de Energía, Josué Colón Ortiz. Los alegatos del Gobierno de septiembre reconocieron la posibilidad de devolver el sistema a la AEE sin convertirla en su propuesta. La UTIER, que aclara que no pide al Tribunal escoger el modelo permanente, acaba de poner esa opción por escrito en el expediente.
El sindicato, representado por el Bufete Emmanuelli, de Ponce, recuerda que en 2021 ya había pedido en el Tribunal de Título III que se anulara el acuerdo con LUMA, sin conseguir el injunction preliminar, y que desde 2020 litigó el certificado de cumplimiento del contrato hasta el propio Supremo. El Tribunal asumió el caso el 5 de agosto por una votación de cinco a cuatro, con disenso del juez asociado Ángel Colón Pérez al que se unieron la jueza presidenta Maite Oronoz Rodríguez y los jueces Rafael Martínez Torres y Erick Kolthoff Caraballo, quien escribió que el caso requería un récord probatorio completo en primera instancia. A LUMA la representan DLA Piper, el bufete Andréu & Torres-Viada y dos exjueces del propio Tribunal, el exjuez presidente Federico Hernández Denton y el exjuez asociado Edgardo Rivera García, según la portada del expediente. Por el Gobierno comparece el procurador general, Omar Andino Figueroa. El Tribunal no ha anunciado fecha de vista oral.


