Confirman sentencia de cárcel para mujer que ordenó asesinar a su madrastra en Bayamón

Apelaciones valida 109 años de prisión para Keishla Pérez Bigio por asesinato en primer grado; cómplice también enfrentará 149 años tras las rejas

Por Rafelli Gonzalez
Policía y Tribunales|Jul 1, 2025
(Pixabay)
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El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico confirmó la sentencia de 109 años de prisión contra Keishla Pérez Bigio, declarada culpable de haber ordenado el asesinato de su madrastra política, Hilda María Padilla Romero, en hechos ocurridos en 2019 en Bayamón.

El cómplice y conductor del vehículo desde el cual se cometió el crimen, William Alexis Avilés González, también deberá cumplir 149 años de cárcel.

Los jueces que integraron el Panel Especial del tribunal revisor, sostuvieron que las pruebas presentadas por el Ministerio Público fueron suficientes para establecer la responsabilidad penal de ambos acusados.

La decisión tiene como resultado sostener el fallo emitido por del Tribunal de Primera Instancia en febrero de este año.

Según la prueba presentada, Pérez Bigio contrató a Luis Enrique González Martínez, un confeso narcotraficante del sector Los Martínez en Caimito Alto, para asesinar a Padilla Romero, quien había sido pareja del padre de la acusada. Para llevar a cabo el crimen, le ofreció la suma de $2,000.

El asesinato fue ejecutado el 30 de septiembre de 2019 mientras la víctima conducía su vehículo con sus dos hijas menores de edad.

De acuerdo con el testimonio del sicario, Pérez Bigio entregó detalles sobre el horario de trabajo y el vehículo de la víctima, e incluso envió una foto del rostro de Padilla Romero por mensaje de texto.

La emboscada ocurrió en la carretera PR-177 frente al negocio del padre de la acusada, a plena luz del día.

Durante el juicio, González Martínez testificó que fue Avilés González quien condujo el Hyundai Elantra desde el cual se efectuaron los disparos. El propio testigo realizó catorce detonaciones con una pistola Glock .40 que impactaron fatalmente a Padilla Romero. Ambos huyeron tras el crimen y se repartieron el dinero.

El testimonio fue validado por evidencia forense, videos de cámaras de seguridad, análisis balístico y registros telefónicos que confirmaban las comunicaciones entre los implicados.

Tanto Pérez Bigio como Avilés González apelaron sus condenas por supuestos errores procesales y con la pretensión de que la prueba presentada no establecía su culpabilidad más allá de duda razonable.

El tribunal rechazó esos planteamientos y concluyó que el juicio fue justo y basado en evidencia admisible.

Con la confirmación de las sentencias, ambos convictos permanecerán encarcelados cumpliendo penas consecutivas por asesinato y violaciones a la Ley de Armas.