Contralora publica hallazgos incorrectos, otra vez

La Contralora vuelve a señalar pagos “indebidos” en Cataño, repitiendo un patrón de hallazgos sin contexto ni fundamento, como hizo antes en Bayamón.

Por Redacción InDiario
Política|Sep 25, 2025
Yesmín Valdivieso, contralora de Puerto Rico, posa frente al emblema oficial de la Oficina del Contralor junto a las banderas de Puerto Rico y Estados Unidos.
La contralora de Puerto Rico, Yesmín Valdivieso, en las oficinas de la Oficina del Contralor en San Juan.
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La Oficina del Contralor de Puerto Rico, dirigida por Yezmin Valvidieso, vuelve a quedar mal ante el escrutinio público tras emitir un informe en el que incorrectamente califica, como “pagos indebidos” acuerdos municipales con sistemas tecnológicos de multas. En Cataño, la cifra señalada ronda los $149,214. Detrás del número y del señalamiento, hay fallas de interpretación legal, aplicación apresurada y una práctica recurrente: emitir juicios sin el respaldo jurídico que corresponda y peor aun, adjudicándose facultades interpretativas contrarias a la Ley.

En en presente caso, el informe de la Contralora analiza los contratos como si todo pago porcentual constituido fuese un contrato de recobro sujeto al límite del 10 % del Código Municipal. Sin embargo, de una simple lectura de la ley se desprende que ese tope se aplica a casos de cobro de deudas morosas ya determinadas, no al modelo tecnológico que permite emitir nuevas multas, mantener sistemas, operar hardware y software. Ese modelo es un servicio técnico y administrativo que va más allá del mero recobro.

En su defensa, la Contraloría alega que los municipios deberían haber previsto cláusulas más ajustadas a la ley. Pero lo que no ha hecho es explicar basado en qué estatuto se basa para señalar como incorrecto, aspectos que la ley permite, simplemente porque es su parecer.

Este no es un error aislado. En abril de 2025, el alcalde de Bayamón, Ramón Luis Rivera Cruz, criticó otro informe del Contralor por su “falta de contexto sobre el periodo pandémico”. Según publicó INDIARIO, Rivera Cruz señaló que el informe “ignora el impacto de la pandemia en la operación municipal” y recalcó que “las mismas [fallas administrativas] fueron acogidas y atendidas con prontitud”.

Ese episodio dejó claro algo elemental: los informes del Contralor que no reconocen condiciones extraordinarias, como una emergencia de aquel momento, distorsionan las operaciones reales del municipio. En Cataño sucede algo similar: la Contralora presume como improcedentes gastos vinculados al sistema sin admitir la complejidad técnica, la inversión inicial, el riesgo asumido por los proveedores o la necesidad de modernización administrativa.

Más aún, el patrón se agrava cuando la Contralora actúa más como juez legislador que como ente fiscalizador. Sus hallazgos carecen de carácter vinculante: no pueden obligar ni imponer sanciones, sino servir como advertencia. Y cuando esos hallazgos incumplen la ley aplicable —como aquí— su valor queda cuestionado.

El daño va más allá del señalamiento. Cuando la Contralora califica contratos tecnológicos como “indebidos” sin base legal sólida, desincentiva que municipios inviertan en actualización técnica y digitalización. Lo que debería verse como una oportunidad de modernización termina siendo castigado con declaraciones prematuras de irregularidad.

La discusión no puede reducirse a un número. Lo que está en juego es el papel de la Contralora: ¿será un fiscalizador serio, preciso y con respeto al marco legal, o seguirá cayendo en el uso arbitrario de informes mal fundamentados?