"Puerto Rico no es una colonia" según profesor David Rezvani
El académico de Dartmouth sostuvo que el ELA ofrece autogobierno, ciudadanía, seguridad y beneficios económicos dentro de la unión estadounidense.
Por Redacción InDiario|Política|
El profesor e investigador David A. Rezvani defendió en la capital federal la legitimidad del Estado Libre Asociado y rechazó que la relación política vigente entre Puerto Rico y Estados Unidos pueda describirse simplemente como una colonia.
“Puerto Rico no es una colonia, no lo es”, sostuvo Rezvani durante una presentación auspiciada por la oficina del comisionado residente, Pablo José Hernández Rivera, para integrantes de la Asociación de Alcaldes de Puerto Rico. El encuentro fue abierto al público y se celebró en el contexto del 80 aniversario del nombramiento del primer gobernador puertorriqueño y de los 74 años de la Constitución del Estado Libre Asociado.
En 1946, el presidente Harry S. Truman nombró a Jesús T. Piñero como el primer puertorriqueño en ocupar la gobernación de la Isla. Seis años más tarde, el 25 de julio de 1952, entró en vigor la Constitución de Puerto Rico, luego de un proceso autorizado mediante legislación federal, una convención constituyente y su ratificación mediante el voto de los puertorriqueños.

Rezvani argumentó que el ELA representa una fórmula política singular, mediante la cual Puerto Rico conserva un gobierno propio, una Constitución, un sistema fiscal diferenciado y una identidad nacional y cultural, mientras comparte con Estados Unidos la ciudadanía, la moneda, la defensa y otros componentes de la relación federal.
El planteamiento del académico se fundamenta en su estudio de los llamados territorios parcialmente independientes, jurisdicciones que no son estados soberanos, pero que disfrutan de distintos niveles de autogobierno dentro de una relación política más amplia.
En su libro Surpassing the Sovereign State: The Wealth, Self-Rule, and Security Advantages of Partially Independent Territories, publicado por Oxford University Press en 2014, Rezvani dedica un capítulo completo al desarrollo constitucional de Puerto Rico. Allí sostiene que la Isla constituye una unión parcialmente independiente y no una colonia tradicional, debido a las competencias internas ejercidas por el gobierno puertorriqueño y a las convenciones políticas que han regulado su relación con Washington.
De acuerdo con su análisis, este tipo de relación permite que determinadas jurisdicciones combinen autonomía interna, acceso económico, protección militar y estabilidad institucional, sin asumir necesariamente todos los costos y responsabilidades correspondientes a un país completamente soberano.
El reconocimiento de las Naciones Unidas
Uno de los argumentos presentados durante el encuentro fue la Resolución 748 (VIII), aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 27 de noviembre de 1953.
Mediante esa resolución, la ONU determinó que las disposiciones de su Carta relacionadas con los territorios no autónomos dejaron de aplicar a Puerto Rico y permitió que Estados Unidos cesara la transmisión anual de información sobre la Isla bajo el Artículo 73(e).
Para los defensores del ELA, aquella determinación constituyó un reconocimiento internacional de que Puerto Rico había alcanzado una nueva condición de gobierno propio. Rezvani utilizó ese acontecimiento histórico para respaldar su conclusión de que la relación creada entre 1950 y 1952 no puede equipararse automáticamente con el régimen colonial existente antes de la Constitución.
El debate, sin embargo, continúa siendo objeto de interpretaciones jurídicas y políticas encontradas. Sectores independentistas, estadistas y defensores de la libre asociación sostienen que el poder que conserva el Congreso sobre Puerto Rico demuestra que la Isla continúa bajo una condición territorial.
Las congresistas demócratas Nydia Velázquez y Alexandria Ocasio-Cortez, por ejemplo, han rechazado recientemente cualquier propuesta que permita mantener el ELA actual como una alternativa de estatus. Ambas han señalado decisiones del Tribunal Supremo federal y la autoridad congresional sobre los territorios como evidencia de que la relación vigente no constituye una alternativa plenamente descolonizadora.
La eterna controversia continúa
Rezvani, por el contrario, distingue entre una colonia tradicional y una jurisdicción con autogobierno parcial. Su tesis reconoce que Puerto Rico no posee soberanía completa, pero sostiene que la ausencia de soberanía absoluta no convierte necesariamente a la Isla en una colonia.
La presentación de Rezvani introdujo así en Washington una perspectiva académica distinta a la narrativa que describe a Puerto Rico exclusivamente como una colonia y reabrió la discusión sobre las características particulares del Estado Libre Asociado.
Su planteamiento no elimina las controversias sobre los poderes del Congreso ni las limitaciones de la representación política de Puerto Rico. No obstante, sostiene que la relación desarrollada desde 1952 creó un nivel de autogobierno, identidad constitucional y vinculación permanente con Estados Unidos que, en su opinión, coloca a la Isla en una categoría política propia y diferente a la de una colonia tradicional.



