Salario mínimo entra en vigor y empresarios quieren ponerle freno

Los demandantes tienen que identificar las alegadas violaciones a la ley para se detenga el aumento

Por Mardelis Jusino

1 de julio de 2024, 7:30 p. m.

Salario mínimo entra en vigor y empresarios quieren ponerle freno

Guaynabo- El juez Anthony Cuevas le otorgó un plazo de 24 horas a varias organizaciones que representan a gran parte sector empresarial del país para que identifiquen las alegadas violaciones a la ley que le atribuyen a la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo del Departamento del Trabajo. De ser evidenciadas, estas violaciones tendrían como consecuencia revertir la implementación del aumento al salario mínimo a $10.50 la hora, aumento efectivo desde hoy.

La orden judicial, en poder de InDiario, les urge a los demandantes a “identificar la sección específica de la Ley en la cual surge el alegado deber ministerial que se imputa como incumplido” así como presentar evidencia de haber requerido a la Comisión cumplir con dicho deber. La demanda, radicada como un recurso extraordinario de mandamus y de sentencia declaratoria, fue presentada por el licenciado Jaime Sanabria. InDiario conversó con el conocido experto en derecho laboral y este insistió en que tal requerimiento a la comisión era innecesario dado que “cae bajo la excepción de alto interés público” y que así se planteó en la petición.

La acción legal, radicada el pasado sábado, buscaba frenar la implementación de un aumento al salario mínimo a $10.50 la hora. Sin embargo, el secretario del Departamento del Trabajo, Gabriel Maldonado González expresó anoche en declaraciones escritas que “independientemente de las posturas en contrario, y hasta que un tribunal no disponga otra cosa, el salario mínimo en Puerto Rico a partir del 1 de julio del 2024 es de $10.50 la hora para patronos y empleados no exentos”. Sanabria reconoció que la determinación del secretario al tiempo que se dilucida la demanda crea un limbo jurídico para patronos y empleados. Sobre todo, porque tendrían que reconocer un aumento y luego, dependiendo del resultado del litigio, el trabajador tendría que devolverlo, dependiendo de las circunstancias.

La controversia gira en torno a una decisión administrativa tomada por la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo del Departamento del Trabajo el pasado 12 de junio de 2024. La comisión está integrada por siete (7) miembros, pero, en este momento, tiene dos (2) puestos vacantes. En vista de ello, la determinación sobre el salario mínimo se aprobó con tres votos a favor y dos en contra. Las organizaciones demandantes argumentan que esta votación no cumple con los requisitos establecidos por la Ley de Salario Mínimo de Puerto Rico, que exige el voto afirmativo de los cinco miembros para cualquier acción válida. “La actuación de la comisión es nula ab initio” insistió el Lcdo. Sanabria.

La Ley Núm. 47 de 21 de septiembre de 2021, conocida como la "Ley de Salario Mínimo de Puerto Rico", establece que la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo debe estar compuesta por siete miembros y que cualquier determinación administrativa requiere el voto afirmativo de al menos cinco miembros. Esto implicaría que la determinación debió haber sido unánime. Empero, el estatuto también establece que “cinco integrantes de la Comisión constituirán quorum”.

En su petición, las organizaciones demandantes solicitan al Tribunal de Primera Instancia de San Juan que declare nula la decisión de la comisión y que paralice la implementación del aumento salarial. Argumentan que la decisión fue tomada en violación directa de la ley, lo que podría causar un daño irreparable a los empleadores que operan en Puerto Rico, quienes se verían obligados a pagar un salario mínimo que no fue aprobado conforme a derecho. Además, subrayan que la comisión no solo aprobó el aumento salarial, sino también un informe sobre el costo de vida y la inflación en Puerto Rico.

Las organizaciones alegan que esta falta de cumplimiento con los procedimientos legales establecidos podría llevar a una inestabilidad económica significativa, afectando tanto a empleadores como a empleados. Un aumento en el salario mínimo puede imponer cargas adicionales a los empleadores, especialmente a las pequeñas y medianas empresas que ya enfrentan desafíos económicos, al menos así lo dio a entender esta mañana Layza García, portavoz de los demandantes, en el programa Jugando Pelota Dura que se transmite por Noti Uno.

De hecho, en dicho programa radial, el analista político Jorge Colberg Toro planteó, como alternativa, aprobar una legislación que le permita a las empresas solicitar ser exentos del aumento si prueban que tienen dificultades económicas y financieras para implementarlo. “Para ello tendrían que abrir los libros” como se hace actualmente con las solicitudes de exención del bono de navidad ante el Departamento del Trabajo.

Las organizaciones que demandaron buscando detener el aumento del salario mínimo son: Cámara de Comercio, Asociación Hecho en Puerto Rico, Asociación de Restaurantes de Puerto Rico (ASORE); Cámara de Mercadeo, Industria y Distribución de alimentos, Asociación de Industriales, Puerto Rico hotel & Tourism Association, y la Asociación de Comercio al Detal. A la hora de publicar esta nota aún no se había señalado fecha para la celebración de una vista.