OPINIÓN: Mucho dedo al cabildeo, poca lupa a los gestores de contratos

El ex secretario del PPD, Juan Luis Camacho, explica cómo el discurso anticabildeo encubre la verdadera influencia en el gobierno.

Por Juan Luis Camacho SemideiOpinión|

Juan Luis Camacho, ex secretario general del PPD y analista político, aborda la confusión entre cabildeo y gestión de contratos en Puerto Rico.
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Hay palabras que en Puerto Rico no describen… acusan. “Cabildero” es una de ellas. Usted la escucha y ya sabe: alguien hizo algo malo. No importa qué, no importa cómo. Cabildero. Caso cerrado. Titular listo. Panel armado.

Y ahí empieza el problema.

Porque en este país hemos decidido mezclarlo todo en una misma licuadora mediática: el que aboga por una política pública, el que representa una industria, el que visita legisladores… y el que deambula por oficinas públicas con la agenda llena de contactos y el olfato afinado para contratos. Todo es lo mismo. Todo es “cabildeo”. Y cuando todo es lo mismo, nada se entiende.

Ejemplo clásico —y repetido con una seguridad que asusta—: que el registro de cabilderos surge de la Ley 141-2019. Se dice, se escribe, se comenta… y se queda. Aunque no sea cierto. Esa ley es para acceso a información pública. No regula cabilderos. No crea registros. No persigue gestores. Pero suena bonito decirlo, y en la era del copy-paste, eso basta.

La realidad es menos sexy, pero más importante. El registro de cabilderos en Justicia nace de la Orden Ejecutiva 2019-031. Y el comportamiento ético del que merodea el poder tiene alguna base en la Ley 12-2017, bajo la mirada —a veces firme, a veces contemplativa— de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico. Súmele registros separados en el Senado de Puerto Rico y la Cámara de Representantes de Puerto Rico. Traducido al español boricua: hay de todo un poco… y nada completamente claro. Como un rompecabezas sin foto en la caja.

Pero lo más curioso no es la estructura. Es la narrativa. Porque mientras se demoniza la palabra “cabildero”, se protege —por ignorancia o conveniencia— a otra especie más interesante: el “gestor de contratos”. Ese no sale en titulares. Ese no incomoda. Ese no es tema de panel. Y si, actúa como "cabildero", pero su función es otra.

El cabildero, en su forma legítima, es un mensajero. Lleva argumentos, defiende intereses, intenta influir en política pública. Eso, guste o no, está protegido por el derecho a peticionar al gobierno. Es parte del juego democrático. Sin cabildeo, muchas causas —incluyendo las nobles— ni siquiera llegan a la mesa.

Ahora bien, pongamos algo en claro que también se distorsiona con facilidad: ser contratista del gobierno no es ilegal. El Estado necesita suplidores, profesionales, servicios especializados. Ingenieros, comunicadores, abogados, tecnólogos… todos pueden —y deben— participar del ecosistema de contratación pública. Demonizar al contratista por ser contratista es tan absurdo como demonizar al cabildero por cabildear.

El problema empieza en otro lugar.

Empieza cuando la relación deja de ser profesional y se convierte en transaccional en el peor sentido de la palabra. Cuando lo que se vende no es capacidad, sino acceso. Cuando hay quienes convierten su libreta de contactos en moneda de cambio para conseguir contratos, ampliarlos… o en algunos casos, quitárselos a otros para dárselo a su cliente. Ahí no estamos hablando de contratación pública legítima. Estamos hablando de influencia convertida en negocio.

Y eso no siempre está claramente tipificado. Ese es el hueco.

Porque el gestor de contratos —ese que no aparece en los titulares— juega otro deporte. No busca cambiar la política; busca insertarse en la ejecución. No argumenta; conecta. No persuade; accede. Es menos visible, más efectivo… y mucho más difícil de encasillar porque el marco legal actual apenas lo nombra.

Y ahí está la trampa: confundimos al que habla con el que reparte, y terminamos regulando al primero mientras el segundo pasa por el lado, saludando.

Entonces, ¿qué hacemos? ¿Seguimos repitiendo lo que “todo el mundo dice”? ¿O nos ponemos serios?

Porque soluciones hay, y no requieren inventar una nueva Constitución.

Primero: una ley uniforme de cabildeo. No tres registros, no cinco interpretaciones. Una sola definición clara de quién es cabildero, qué tiene que divulgar y cuándo. Nada revolucionario. Algo que en Washington ya existe desde hace años.

Segundo: decir las cosas por su nombre. Si alguien interviene en procesos de contratación pública para beneficiar a terceros, eso no es “gestión general”. Eso es gestión de contratos. Y debe divulgarse como tal. Con nombres, clientes y resultados. Transparencia de verdad, no de brochure.

Tercero: un registro integrado. Que el ciudadano no tenga que hacer un scavenger hunt digital entre plataformas del Ejecutivo, el Senado y la Cámara para entender quién está influyendo en qué. La transparencia no puede depender del nivel de paciencia del usuario.

Cuarto: consecuencias. Porque en Puerto Rico nos encanta registrar cosas… y olvidar para qué las registramos. Sin sanciones reales, todo registro es un álbum de estampitas.

Y quinto —este quizas le duele a algunos—: que los medios afinen la puntería. Porque repetir una imprecisión muchas veces no la convierte en verdad. La convierte en costumbre. Y la costumbre, en este país, tiene más poder que la evidencia.

Al final, el problema no es el cabildeo. El problema es la comodidad con la que preferimos no entenderlo. Porque entenderlo obliga a distinguir. Y distinguir obliga a incomodar.

Y aquí, ya sabemos, incomodar tiene costo.

Pero mucho más caro nos sale —como país— seguir confundiendo ruido con información… y titulares con verdad.