Apelativo levanta paralización y autoriza continuar proceso penal contra Anthonieshka Avilés
“Por lo anterior, la consecuencia jurídica es la aplicación de la Ley, como hizo correctamente el TPI”, resolvió el panel de jueces
Por Rafelli Gonzalez|Policía y Tribunales|

El Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del recurso de certiorari presentado por la defensa de Anthonieshka Avilés Cabrera, levantó la paralización previamente ordenada y devolvió el caso al Tribunal de Primera Instancia (TPI) de Aibonito para la continuación de los procedimientos criminales en su contra.
En una resolución notificada hoy, martes, el panel concluyó que no se configuró ninguno de los criterios establecidos en la Regla 40 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones que justificara su intervención en esta etapa del proceso. Como consecuencia, el foro apelativo dejó sin efecto la orden que había detenido la vista preliminar mientras evaluaba el planteamiento jurisdiccional de la defensa.
La controversia surgió luego de que la Sociedad para Asistencia Legal solicitara la revisión de una determinación del TPI que declaró No Ha Lugar una moción de desestimación por falta de jurisdicción, en la que se alegó que la facultad mental de Avilés Cabrera —quien tenía 17 años de edad al momento de los hechos— debía ser considerada para impedir su procesamiento como adulta.
No obstante, el Tribunal de Apelaciones acogió en su totalidad la determinación del foro primario y reiteró que, conforme a la Ley de Menores de Puerto Rico, el criterio determinante para efectos jurisdiccionales es la edad cronológica, no la capacidad mental. El tribunal subrayó que no existe controversia en cuanto a que la imputada tenía más de 15 años cuando ocurrieron los hechos y que se le imputa la comisión de asesinato en primer grado, lo que activa automáticamente la jurisdicción de la Sala Superior.
“Por lo anterior, la consecuencia jurídica es la aplicación de la Ley, como hizo correctamente el TPI”, resolvió el foro apelativo, al concluir que procede la continuación de los procedimientos en el tribunal de instancia.
Avilés Cabrera enfrenta cargos por asesinato en primer grado, al amparo del Artículo 93(A) del Código Penal, así como por violaciones a la Ley de Armas. De ser procesada y convicta como adulta, se expone a una pena fija de 99 años de prisión, una realidad que convirtió el debate jurisdiccional en el eje central del caso desde sus etapas iniciales.
Con la resolución del Tribunal de Apelaciones, el caso regresa ahora al Tribunal de Primera Instancia de Aibonito, que queda facultado para reanudar inmediatamente los procedimientos sin tener que esperar por la emisión del mandato formal del foro apelativo.
