DOCUMENTO: DACO pide al Supremo anular inmunidad que exime a LUMA de responder por daños a consumidores

La agencia sostiene que el NEPR carece de autoridad para otorgar protección legal a la empresa sin autorización legislativa, dejando sin remedio a miles

Por Rafelli Gonzalez
Policía y Tribunales|Ago 11, 2025
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El Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) acudió al Tribunal Supremo de Puerto Rico mediante un recurso de certificación intrajurisdiccional, alegando que el Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) actuó inconstitucionalmente al otorgar inmunidad a LUMA Energy por daños ocasionados a los consumidores, incluso en casos de negligencia ordinaria.

Una certificación intrajurisdiccional es un mecanismo legal en Puerto Rico que permite que un caso pendiente en un tribunal inferior pase directamente al Tribunal Supremo para su resolución, sin agotar todo el proceso normal de apelaciones, cuando el asunto es de alto interés público, urgencia o importancia jurídica excepcional.

"El Tribunal Supremo, como máximo intérprete de la Constitución en Puerto Rico, es la autoridad llamada a determinar qué disposiciones son constitucionales y cuáles no", anunció la agencia vía correo electrónico en el que incluyó copia del recurso legal presentado el pasado viernes, 8 de agosto.

La controversia surge de la Resolución del 31 de mayo de 2021, emitida por el Negociado de Energía al amparo de la Sección 4.1(g) del contrato de operación y mantenimiento del sistema eléctrico suscrito entre LUMA, la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y el gobierno de Puerto Rico. Según DACO, esa disposición exime a LUMA de responsabilidad civil sin que exista una ley que lo autorice, lo cual afecta directamente el acceso a la justicia de los abonados.

La agencia indica en su petición que durante vistas públicas en mayo de 2025, LUMA reconoció haber recibido 1,828 querellas por daños a la propiedad, pérdida de enseres y otros perjuicios atribuidos a fallas en el servicio, las cuales no fueron atendidas por entender que están cobijados por la inmunidad conferida. DACO advirtió que este marco “desincentiva la rendición de cuentas” y deja sin remedios a miles de ciudadanos ante un servicio esencial.

DACO recordó que su ley orgánica le otorga legitimación para comparecer ante cualquier foro judicial en defensa de los consumidores, sin que estos tengan que agotar remedios administrativos. Citando jurisprudencia del propio Supremo, enfatizó que la Asamblea Legislativa los ha facultado expresamente para actuar en este tipo de casos.

"Por todo lo cual, la Parte Demandante-Peticionaria solicita muy respetuosamente que este Honorable Tribunal Supremo acoja el presente recurso de certificación, por tratarse de una controversia de alto interés público que afecta directamente a millones de puertorriqueños. Lo que aquí se plantea no es una mera disputa contractual, sino el resultado de un sistema eléctrico en donde los abonados, día tras día, enfrentan interrupciones constantes, daños a sus bienes, pérdidas económicas y una calidad de servicio inaceptable", planteó DACO en su escrito.

"Todo esto ocurre bajo la protección de una cláusula de inmunidad que impide cualquier rendición de cuentas, como si el operador privado del sistema eléctrico estuviera por encima de la ley. La intervención urgente de este Honorable Tribunal es indispensable para detener este estado de indefensión, restaurar el balance constitucional y reafirmar que en Puerto Rico nadie, ni siquiera quien administra un servicio esencial, puede operar al margen de la responsabilidad legal", enfatizó la agencia.

Para el DACO, lo que está en juego es el límite constitucional del poder de una agencia administrativa para alterar el régimen de responsabilidad civil. Solicita que el máximo foro declare nula la cláusula y la resolución que la avala, en un asunto que considera de alto interés público y urgencia, dada su magnitud y el impacto directo sobre miles de abonados del sistema eléctrico.