Senado impulsa cambios en requisitos para ejercer la abogacía en Puerto Rico
La medida busca elimina la residencia previa y revisa la reciprocidad legal
Por Francisco Rodríguez-Burns|Política|
El Senado de Puerto Rico aprobó una medida legislativa dirigida a revisar requisitos relacionados con el ejercicio de la abogacía en la isla, incluyendo la eliminación del requisito de residencia previa para solicitar admisión a la profesión legal en Puerto Rico.
La pieza, identificada como el Proyecto del Senado 1024 y presentada por el presidente senatorial Thomas Rivera Schatz, propone enmendar la Ley Núm. 17 de 10 de junio de 1939 para eliminar el requisito de residencia de doce meses previo a solicitar admisión a la abogacía en Puerto Rico. Además, la medida deroga la admisión sin examen para ciertos abogados admitidos en otras jurisdicciones y crea una Junta Especial para el Estudio de la Reciprocidad Profesional en la Abogacía y del Examen de Reválida, adscrita al Tribunal Supremo de Puerto Rico.
Según la exposición de motivos citada en la medida, la propuesta busca “atemperar el ordenamiento jurídico de Puerto Rico a las mejores prácticas nacionales en materia de admisión y regulación de la profesión legal, promoviendo estándares de equidad, transparencia y modernización”.
Durante el debate legislativo, la senadora de mayoría Roxanna Soto Aguilú favoreció la medida y sostuvo que la propuesta facilitaría mecanismos de reciprocidad profesional para abogados admitidos en otras jurisdicciones de Estados Unidos que interesen ejercer en Puerto Rico.
“Actualmente el requisito es que tendría que tomar un examen de reválida general en Puerto Rico, pasar ese examen ya siendo licenciado en otro estado para poder ejercer el derecho aquí y este proyecto lo que dice es que permite mecanismos de reciprocidad profesional y esto beneficia a Puerto Rico”, expresó Soto Aguilú durante su turno a favor de la medida.



