Gobernadora defiende en tribunal federal que demanda contra LUMA debe volver a Puerto Rico

Sostiene que acción para invalidar la extensión del contrato responde a su deber de proteger el interés público y que PROMESA impide evaluarse bajo Título III

Por Redacción InDiarioEnergía|

(Suministrada)
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La gobernadora Jenniffer González Colón reiteró ante el Tribunal federal que la demanda para invalidar la extensión del contrato de LUMA Energy no persigue fines económicos ni políticos, sino el cumplimiento estricto de las leyes de Puerto Rico que rigen las alianzas público-privadas y la operación del sistema eléctrico.

En un escrito radicado el lunes 16 de febrero ante la jueza Laura Taylor Swain, la mandataria y el Gobierno de Puerto Rico solicitaron que el caso sea devuelto al Tribunal de Primera Instancia por tratarse —según argumentan— de una acción para hacer valer los poderes de policía y reglamentación del Estado, protegidos bajo la Sección 306 de PROMESA.

“El pleito de la Gobernadora trata sobre la aplicación del derecho de Puerto Rico. Nada más, y nada menos”, plantea el documento en su declaración preliminar, al sostener que el litigio pertenece al tribunal estatal de Puerto Rico, donde fue presentado.

En específico, el Gobierno argumenta que la demanda no busca reivindicar derechos contractuales ni obtener una ventaja pecuniaria frente a otros acreedores de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), sino determinar si la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas (P3A) actuó conforme a las leyes locales al otorgar la llamada “Extension Letter” que extendió el contrato de operación y mantenimiento a LUMA Energy.

Según el escrito, la acción judicial procura remedios declaratorios e injuntivos por alegadas violaciones a la Ley 29 de 2009 (Ley de Alianzas Público-Privadas) y a la Ley 120 de 2018 (Ley de Transformación del Sistema Eléctrico), estatutos diseñados para supuestamente salvaguardar el interés público en la contratación de servicios esenciales.

La Gobernadora sostiene que, aunque una eventual nulidad de la extensión contractual pudiera tener efectos financieros incidentales sobre la AEE, ese no es el propósito principal del pleito, por lo que no se trata de una reclamación económica contra la masa del Título III.

Subtítulo: Rechazan motivación política

El Gobierno también respondió a los planteamientos del consorcio y de la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) de que la acción tiene motivaciones políticas. En el escrito se invoca jurisprudencia del Tribunal Supremo de Estados Unidos para sostener que los tribunales de quiebras no deben indagar sobre la legitimidad o intención subjetiva detrás del ejercicio de poderes regulatorios por parte de un gobierno.

De acuerdo con la Gobernadora, permitir que el caso permanezca en el foro de Título III implicaría desplazar indebidamente a los tribunales de Puerto Rico en la interpretación de leyes locales novedosas y de alto interés público, particularmente aquellas que regulan la operación del único sistema de transmisión y distribución eléctrica de la isla.

El Ejecutivo enfatizó, además, que todas las controversias planteadas surgen exclusivamente bajo derecho puertorriqueño y no requieren interpretación de PROMESA ni del Código de Quiebras federal. Por ello, argumenta que principios de comidad y respeto a la soberanía local favorecen que el pleito sea atendido por los tribunales locales.

En la moción, se sostiene que el litigio no es un procedimiento “medular” (“core”) del caso de Título III de la AEE y que, aun si el tribunal entendiera que tiene jurisdicción relacionada, puede y debe abstenerse bajo las disposiciones de PROMESA y doctrinas de abstención como Burford y Thibodaux.

Frente a los argumentos de que una eventual nulidad de la extensión podría provocar caos operacional, el Gobierno señaló que el propio contrato de LUMA Energy contempla mecanismos de transición y “Back-End Transition Services” para garantizar una transferencia ordenada de las operaciones, incluso en caso de terminación anticipada.