OCIF: cobertura mediática no activa investigaciones formales

La Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras aclaró que la cobertura mediática —aunque sea internacional— no activa por sí sola procesos regulatorios

Por Rafelli GonzalezNoticias|

(Suministrada)
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Luego de que INDIARIO indagara sobre una historia publicada en medios españoles que vinculaba a Andcapital Bank International Corp., una entidad bancaria internacional que tuvo licencia para operar desde Puerto Rico, en un supuesto esquema de blanqueo de fondos presuntamente cometido por la empresa de aviación Plus Ultra, la comisionada del Comisionado de Instituciones Financieras (OFIC) Mónica Rodríguez Villa fue enfática en separar el plano periodístico del regulatorio.

“La OCIF, como cualquier otro regulador no comenta ni responde a rumores, especulaciones o alegaciones no sustentadas, independientemente de su origen o difusión mediática, incluyendo publicaciones periodísticas de alcance internacional", puntualizó la abogada experimentada en la supervisión rigurosa del sistema financierio.

En declaraciones para este medio, la funcionaria, quien Antes de convertirse en comisionada se desempeñaba como subcomisionada de la agencia, fue enfática en apuntalar, que cualquier actuación del regulador no se fundamenta en menciones en prensa, sino en mecanismos formales previstos en ley.

“La función supervisora de la OCIF no se activa por señalamientos mediáticos, sino conforme a la ley, sobre la base de información verificable, querellas formales, confidencias válidas o hallazgos derivados de sus procesos de supervisión", sostuvo.

En ese contexto, señaló que una publicación periodística no equivale a la existencia de una investigación administrativa o penal, por más alcance que tenga.

“Una mención en medios de comunicación, independientemente de su alcance o procedencia, no equivale ni sustituye la iniciación de un procedimiento administrativo formal por parte de la OCIF, ni implica necesariamente la existencia de una investigación penal o criminal por autoridades estatales o federales”, agregó Rodríguez, quien dijo que a falta de un proceso formal no puede existir una determinación oficial contra una institución financiera.

“En ausencia de un proceso formal debidamente iniciado, no existe una determinación oficial ni una imputación legal contra la institución mencionada", afirmó.

¿Qué activa entonces la intervención de la OCIF?

Según detalló la titular en OCIF, su oficina solo actúa cuando recibe información concreta que pueda constituir violaciones a ley.

“Cuando esta Oficina recibe una querella formal, una confidencia, o información específica que pueda constituir una posible violación a las leyes y reglamentos bajo su jurisdicción, la misma es evaluada y atendida conforme a los poderes investigativos que le confiere la ley aplicable", acotó Rodríguez Villa.

“La OCIF sigue los procedimientos establecidos en su marco legal y reglamentario, los cuales incluyen, según corresponda, análisis preliminar, investigación administrativa y la adopción de acciones correctivas y/o sanciones, siempre garantizando el debido proceso de ley, la confidencialidad requerida y los derechos de las partes involucradas", añadió la letrada, quien declinó confirmar o negar la existencia de una investigación en curso contra la entidad.
“AndCapital Bank International Corp., se liquidó en abril 1, de 2022 y la corporación se disolvió en enero de 2025", se limitó a expresar para contextualizar lo alegado en la prensa.

“Como política pública, la OCIF no divulga información relacionada con investigaciones en curso ni confirma o niega actuaciones específicas respecto a instituciones o personas particulares, salvo cuando así lo exige la ley, una orden federal o local", puntualizó, al tiempo que insistió en que los reportes internacionales no necesariamente cumplen con los estándares probatorios requeridos en procesos regulatorios o judiciales y que precisamente por ello es que la OCIF actúa con cautela.

“En ese contexto, la OCIF actúa con prudencia institucional, rigor jurídico y estricto apego a la ley, evitando conclusiones prematuras y distinguiendo claramente entre cobertura mediática y actuaciones regulatorias o judiciales formales".