COLUMNA: Una justicia acompañada

El autor defiende el Proyecto del Senado 442 y destaca su valor práctico, ético y humano en la protección de las personas de edad avanzada

Por Henry Rodríguez Gracia
Opinión|Jun 18, 2025
Suministrada.
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En una sociedad que envejece rápidamente, la manera en que tratamos a nuestros adultos mayores dice mucho sobre quiénes somos. En una columna anterior, analizamos que Puerto Rico tiene más del 28% de su población con personas mayores de 60 años. El Proyecto del Senado 442, de la autoría de la senadora Jamie Barlucea, representa una de esas iniciativas legislativas que trascienden la retórica y apuestan por soluciones concretas para una población históricamente vulnerabilizada.

La medida fue respaldada por un informe positivo de la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional, y fue aprobada en el Senado el lunes 16 de junio de 2024. Este proyecto propone enmendar la Ley 76-2013 —que creó la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA)— para facultar expresamente a dicha oficina a brindar acompañamiento y asesoría a adultos mayores que sean víctimas de delito o maltrato, tanto en procesos judiciales como administrativos.

Lejos de ser un gesto simbólico, el P. del S. 442 responde a una necesidad urgente: actualmente, muchos adultos mayores enfrentan procesos legales complejos sin orientación adecuada, en condiciones emocionales frágiles, sin redes de apoyo, ni recursos familiares, y con poca comprensión del procedimiento que enfrentan. Si bien existen en nuestro ordenamiento jurídico delitos específicamente dirigidos a proteger a esta población —como el maltrato, la explotación financiera y la negligencia—, la participación efectiva del adulto mayor en el proceso judicial suele verse limitada por barreras estructurales y emocionales que el P. del S. 442 busca derribar.

La propuesta de acompañamiento no parte de cero. La OPPEA ya realiza esfuerzos en esta dirección a través de su Procuraduría de Protección y Defensa, cuyas coordinadoras asisten a vistas judiciales, orientan a víctimas y actúan como observadoras. Sin embargo, estas intervenciones operan sin un mandato legislativo claro, sin estructura reglamentaria y sin asignaciones presupuestarias específicas. El proyecto de la senadora Barlucea busca precisamente corregir ese vacío estatutario, otorgándole al acompañamiento institucional un reconocimiento legal que le brinde estabilidad, visibilidad y fuerza operativa.

El modelo propuesto se inspira en la figura de la intercesoría legal utilizada por la Oficina de la Procuradora de las Mujeres en casos de violencia doméstica, donde el acompañamiento no se limita a la presencia física, sino que implica orientación, apoyo emocional, facilitación de servicios y canalización institucional. La medida reconoce que el acceso a la justicia no es un privilegio de quien pueda costear representación legal, sino un derecho que debe garantizarse de forma humanizada, especialmente para quienes se enfrentan a procesos difíciles en condiciones de vulnerabilidad.

Durante su evaluación, la Comisión acogió enmiendas sustanciales que fortalecen la medida y la alinean con la realidad institucional de Puerto Rico. Primero, se delimitó claramente que el acompañamiento ofrecido por la OPPEA no implica representación legal, salvo en aquellos casos en que la Oficina cuente con los recursos para ellos. Esta distinción es crucial para evitar una sobrecarga institucional insostenible y evita que se malogren los propósitos loables del proyecto de ley.

También se reconoció el derecho del adulto mayor a rechazar la asistencia ofrecida, siempre que haya recibido una orientación adecuada sobre el proceso y los servicios disponibles. Esta disposición honra el principio de autonomía personal, principio que con frecuencia se le intenta arrebatar a esta población so pretexto de incapacidad mental. Este principio a rechazar los servicios de la OPPEA asegura que el acompañamiento no sea una imposición paternalista, sino una herramienta de empoderamiento sujeta a la voluntad informada de la persona.

Por último, se expandió el alcance del acompañamiento para permitir que, cuando los recursos lo permitan, pueda comenzar desde la etapa investigativa, incluso antes de la radicación formal de la denuncia. Esta medida permite una intervención temprana en momentos críticos, donde el retraimiento, el miedo o la desconfianza pueden hacer que muchas víctimas abandonen el proceso antes de siquiera llegar al tribunal.

Más allá del lenguaje técnico y las referencias legales, el proyecto de la senadora Barlucea es, ante todo, una apuesta por la dignidad. Es reconocer que la vejez no puede ser sinónimo de abandono ni de soledad frente a la violencia y los procesos legales. Es afirmar que el acceso a la justicia también debe incluir la mirada empática, el apoyo emocional y la orientación clara. Es entender que una sociedad verdaderamente democrática no solo promulga derechos, sino que los acompaña.

Este tipo de iniciativas devuelve esperanza y humanidad al quehacer legislativo. Porque cuando una persona mayor entra a un tribunal, víctima de maltrato o crimen, o a un foro administrativo, víctima de una estafa o incumplimiento, no debería hacerlo sola. Debería hacerlo sabiendo que el Estado está ahí, no solo con leyes, sino con rostros y manos que acompañan.

El Proyecto del Senado 442 merece ser convertido en Ley: es justo, necesario y profundamente humano.

Henry Rodríguez Gracia es abogado y asesor legislativo. Ha desempeñado funciones en las tres ramas del gobierno, aportando desde la práctica jurídica, el análisis legislativo y la formulación e implementación de política pública.