Supremo adopta reglamento para cámaras y cobertura digital en tribunales
La nueva norma sustituye el programa experimental PECAM y entra en vigor en octubre
Por Redacción InDiario|Policía y Tribunales|
El Tribunal Supremo de Puerto Rico aprobó un nuevo reglamento que establecerá las reglas para la cobertura electrónica y difusión de procesos judiciales, una medida que formaliza el uso de cámaras, audio, video y otros mecanismos de difusión en los tribunales del país.
El nuevo cuerpo normativo, conocido como Reglamento del Programa de Cobertura Electrónica y Difusión de Procesos Judiciales (PROCEDI), sustituirá al Programa Experimental para el Uso de Cámaras Fotográficas y de Equipo Audiovisual de Difusión por los Medios de Comunicación en los Procesos Judiciales (PECAM). La nueva reglamentación entrará en vigor el 1 de octubre de 2026.
Con esta determinación, el Supremo convierte en política judicial permanente lo que hasta ahora había operado como un esquema experimental para permitir mayor acceso público a los procesos judiciales mediante la cobertura de los medios de comunicación.
Según el Poder Judicial, PROCEDI establece un marco uniforme para regular la toma de fotografías, audio y video, así como la reproducción y difusión de ese material por parte de los medios. La medida busca ampliar el acceso público a los tribunales, promover la transparencia institucional y, al mismo tiempo, proteger la integridad de los procedimientos, los derechos de las partes y la dignidad de las personas que participan en los casos.
Cobertura en las 13 regiones judiciales
Uno de los cambios más significativos del nuevo reglamento es que extiende formalmente la cobertura electrónica a las 13 regiones judiciales de Puerto Rico, en procesos civiles y criminales autorizados. También aplicará a vistas celebradas ante el Tribunal de Apelaciones y el propio Tribunal Supremo.
La medida reconoce, además, la transformación del ecosistema informativo al incluir una definición amplia de medios de comunicación. Esa definición no se limita a la prensa tradicional, sino que contempla plataformas digitales y otros canales alternativos cuya función sea obtener noticias para informar al público.
Una vez entre en vigor, las solicitudes para cubrir electrónicamente procesos ante el Tribunal de Primera Instanciadeberán presentarse en la Secretaría del centro judicial donde se celebre la vista. La evaluación estará a cargo del juez administrador o jueza administradora de la región judicial correspondiente.
En el caso del Tribunal de Apelaciones, las solicitudes se presentarán ante su Secretaría y serán atendidas por el juez administrador o jueza administradora de ese foro. Para vistas ante el Tribunal Supremo, las solicitudes deberán presentarse en su Secretaría o mediante el mecanismo electrónico que posteriormente se designe.
Salvaguardas para víctimas, testigos y jurados
Aunque el reglamento amplía la cobertura electrónica, también establece límites y salvaguardas dirigidas a proteger a las partes y preservar la solemnidad de los procesos judiciales.
Entre sus disposiciones, PROCEDI incorpora mecanismos para evitar la difusión de procedimientos confidenciales, proteger a víctimas, testigos, jurados y otros participantes, además de prohibir tomas cercanas al rostro o a evidencia presentada durante los procesos.
La normativa también regula el uso posterior del material grabado, establece consecuencias por incumplimientos con las condiciones de autorización y crea mecanismos para atender objeciones, reconsideraciones y revisiones de determinaciones relacionadas con la autorización o denegación de cobertura electrónica.
El reglamento dispone que la presentación de objeciones o recursos no tendrá el efecto automático de suspender o aplazar los procedimientos judiciales señalados, lo que busca evitar que las controversias sobre cobertura mediática interfieran con el calendario de los tribunales.
Tecnología, videoconferencias y accesibilidad
El nuevo reglamento también toma en cuenta la realidad tecnológica actual de los procesos judiciales. Por ello, regula la cobertura de vistas celebradas por videoconferencia y permite, bajo parámetros específicos, el uso de herramientas tecnológicas como tabletas y teléfonos para la recopilación de imágenes.
Además, exhorta el uso de subtítulos y otras herramientas de accesibilidad para ampliar el acceso a personas con dificultad auditiva, una disposición que coloca el tema de la cobertura judicial dentro de una conversación más amplia sobre acceso a la justicia e inclusión.
Como parte del proceso de implementación, el Poder Judicial desarrollará materiales educativos, orientaciones y capacitaciones sobre el alcance, los requisitos y los procedimientos del nuevo reglamento. Estas orientaciones estarán dirigidas a medios de comunicación, funcionarios judiciales y otros sectores interesados.
La adopción de PROCEDI marca una nueva etapa en la relación entre los tribunales, la prensa y la ciudadanía. En momentos en que los procesos judiciales de alto interés público suelen generar amplia atención mediática, el Supremo apuesta por una estructura más clara para permitir cobertura electrónica sin comprometer derechos, seguridad ni el orden de las salas judiciales.



