Supremo asumirá pleitos sobre extensión del contrato de LUMA
El máximo foro evaluará si la Carta-Extensión de 2022 cumplió con las leyes que regulan las alianzas público-privadas.
Por Redacción InDiario|Policía y Tribunales|
El Tribunal Supremo de Puerto Rico acogió los dos casos que buscan determinar la validez de la llamada Carta-Extensión mediante la cual se prolongó el acuerdo suplementario que permite a LUMA Energy operar el sistema de transmisión y distribución eléctrica de la isla.
La determinación coloca directamente ante el máximo foro judicial una de las controversias más importantes de la política energética de Puerto Rico: si la carta firmada el 30 de noviembre de 2022 cumplió con los requisitos legales necesarios para extender el acuerdo transitorio de LUMA.
Los recursos fueron promovidos, por un lado, por la gobernadora Jenniffer González Colón y, por otro, por la Autoridad de Energía Eléctrica y la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas. Las partes solicitaron que el Supremo asumiera jurisdicción mediante el mecanismo de certificación intrajurisdiccional, sin esperar por el trámite ordinario ante los tribunales inferiores.
El Gobierno sostiene que la controversia puede resolverse como un asunto estrictamente jurídico y sin necesidad de un extenso descubrimiento de prueba. Su argumento central es que la Carta-Extensión podría ser contraria a la Ley 29 de Alianzas Público-Privadas y a la Ley 120 para Transformar el Sistema Eléctrico de Puerto Rico.
La demanda plantea que el documento extendió indefinidamente un acuerdo que originalmente tenía naturaleza provisional, sin completar las aprobaciones regulatorias y legales que, según el Ejecutivo, eran indispensables para modificar la relación contractual.
LUMA, sin embargo, se había opuesto a que el Supremo asumiera directamente los casos. La empresa argumentó que el litigio debía continuar ante el Tribunal de Primera Instancia, donde podrían atenderse asuntos jurisdiccionales, contractuales y probatorios antes de resolver la validez de la carta.
Además, LUMA presentó una reconvención contra el Gobierno en la que alegó dolo, enriquecimiento injusto, mala fe contractual, incumplimiento y abuso del poder ejecutivo. La AEE y la AAPP solicitaron la desestimación de esos reclamos al sostener que dependen, precisamente, de que primero se determine si la Carta-Extensión es válida o nula.
La controversia llegó nuevamente a los tribunales de Puerto Rico luego de que la jueza federal Laura Taylor Swain ordenara devolver los casos al foro estatal. Posteriormente, el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito en Boston rechazó una petición de LUMA para detener esa devolución.
La decisión de acoger los casos no significa que el Tribunal Supremo haya declarado inválida la extensión ni que el contrato de LUMA haya quedado cancelado. Representa que el alto foro aceptó examinar directamente la controversia y tendrá la última palabra sobre la legalidad del documento que sostiene la continuidad del acuerdo suplementario.
Una eventual declaración de nulidad podría obligar al Gobierno a activar un proceso de transición operacional. Si el Supremo valida la carta, LUMA conservaría el fundamento jurídico utilizado para continuar operando bajo el esquema contractual vigente. Esa consecuencia dependerá del alcance de la futura sentencia y de los remedios que finalmente ordene el tribunal.




