Gobernadora firma reforma judicial de Rivera Schatz

La nueva ley redistribuye funciones del Tribunal Supremo, elimina la figura del juez municipal y enfrenta cuestionamientos constitucionales.

Por Redacción InDiarioPolítica|

La gobernadora Jenniffer González Colón estampó su firma en el PS 1096, convirtiendo en ley la Reforma Judicial (Archivo: INDIARIO)
Comparte el artículo:

La gobernadora Jenniffer González Colón convirtió en ley este martes la controvertida reforma judicial impulsada por el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, que modifica sustancialmente la administración de los tribunales y redistribuye facultades de la jueza presidenta del Tribunal Supremo, Maite Oronoz Rodríguez.

La mandataria firmó el Proyecto del Senado 1096, que establece la nueva Ley del Poder Judicial de Puerto Rico y deroga la Ley de la Judicatura de 2003, vigente durante más de dos décadas.

La decisión fue anunciada mediante un breve comunicado de La Fortaleza, sin que la gobernadora ofreciera explicaciones adicionales sobre su determinación.

La firma ocurre luego de semanas de controversias entre sectores de la comunidad jurídica, el liderato legislativo y la propia jueza presidenta del Tribunal Supremo, quien había solicitado públicamente el veto de la medida.

¿Qué cambia con la reforma judicial?

Uno de los cambios más significativos es la redistribución de facultades administrativas de la jueza presidenta hacia el pleno del Tribunal Supremo, incluyendo la designación de jueces administradores regionales y otras posiciones dentro del sistema judicial.

La nueva legislación también dispone:

  • La eliminación prospectiva de la categoría de jueces municipales, para integrar esas funciones a la categoría de jueces superiores.
  • La reorganización de oficinas y dependencias administrativas de los tribunales.
  • La ampliación de funciones de la Academia Judicial y los mecanismos alternos de resolución de conflictos.
  • La creación de un Patronato del Poder Judicial para apoyar proyectos de infraestructura y modernización.
  • Nuevos mecanismos para agilizar la traducción al inglés de decisiones y resoluciones judiciales.

Rivera Schatz ha defendido la legislación argumentando que establece un modelo de administración compartida, conforme a su interpretación de la Constitución, sin despojar a la jueza presidenta de sus facultades constitucionales.

Jueza presidenta y juristas cuestionan la constitucionalidad

La reforma encontró oposición de la jueza presidenta Maite Oronoz Rodríguez, quien advirtió que la legislación podría vulnerar la independencia judicial al limitar las funciones administrativas que la Constitución asigna a su cargo.

Asimismo, más de un centenar de profesores de Derecho de la Universidad de Puerto Rico, la Universidad Interamericana y la Pontificia Universidad Católica solicitaron a González Colón que vetara la medida.

Los académicos señalaron posibles conflictos con la separación de poderes y advirtieron que la redistribución de responsabilidades podría provocar atrasos administrativos, duplicidad de funciones y mayores costos operacionales.

La controversia se centra particularmente en el Artículo V, sección 7, de la Constitución de Puerto Rico, que atribuye al Tribunal Supremo la adopción de reglas administrativas y a su juez presidente la dirección de la administración de los tribunales.

Mientras Rivera Schatz sostiene que la reforma armoniza esas disposiciones constitucionales, sus críticos argumentan que una ley ordinaria no puede modificar las facultades asignadas a la presidencia del máximo foro judicial.

Con la firma de González Colón, la reforma entra en vigor y abre un nuevo capítulo en el debate sobre la administración de los tribunales y la separación de poderes en Puerto Rico.