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Así cayó el contrato de $5,900 millones de Power Expectations

Cartas, referidos, sustituciones, cuestionamientos sobre firmas y una fianza de $1,180 millones culminaron en la terminación definitiva del proyecto.

Por Francisco Rodríguez-BurnsEnergía|

La AEE finalmente canceló el contrato de Power Expectation en medio de señalamientos y dudas de todas las partes. (INDIARIO)
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El contrato de casi $5,900 millones para instalar 400 megavatios de generación temporera en la Central Aguirre quedó oficialmente cancelado, cerrando por ahora un accidentado proceso de contratación que terminó bajo investigación, con señalamientos cruzados entre las empresas y las entidades gubernamentales y con nuevas preguntas sobre la participación de abogados, cabilderos, consultores e intermediarios.

La directora ejecutiva de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), Mary C. Zapata-Acosta, notificó durante la noche del martes 18 de agosto a Power Expectations, LLC la terminación del contrato. La cancelación tendría efecto inmediato una vez recibida la comunicación y se fundamentó tanto en la orden de la Junta de Supervisión Fiscal como en el incumplimiento relacionado con una garantía de cumplimiento de aproximadamente $1,180 millones.

La decisión puso punto final a un acuerdo que apenas había sido suscrito el 10 de junio, pero que en poco más de dos meses acumuló retrasos, cambios entre las compañías participantes, interrogantes sobre la autoridad de una firma atribuida a Enchanted Rock y referidos a las autoridades locales y federales.

La controversia, sin embargo, no necesariamente termina con la cancelación. Power Expectations reclama que se violó su debido proceso, 3PPO ha levantado cuestionamientos sobre la actuación de la Junta y ha confirmado referidos a las autoridades, mientras Flotek Industries reconoció ante sus inversionistas que no existía garantía de que pudiera obtener los cientos de millones de dólares que esperaba del proyecto.

Marzo de 2025: comienza la búsqueda de 400 MW

El origen de la contratación se remonta a marzo de 2025, cuando el Negociado de Energía de Puerto Rico impulsó la adquisición de generación temporera ante un déficit proyectado de entre 700 y 850 megavatios.

El proceso competitivo fue administrado por el Third-Party Procurement Office (3PPO) y eventualmente terminó con la selección de un grupo integrado por Power Expectations, LLC; Enchanted Rock, LLC; y Reyes Contractor, LLC.

El contrato contemplaba desplegar, instalar, operar y mantener unidades de generación con una capacidad conjunta de 400 MW durante diez años y un valor máximo aproximado de $5,886 millones.

Pero los documentos posteriormente divulgados por la Junta revelan que desde el proceso de evaluación existían interrogantes sobre la experiencia y capacidad financiera de los participantes.

Según el organismo fiscal, 3PPO había determinado que Power Expectations y Reyes Contractor no demostraron experiencia previa ejecutando proyectos eléctricos de escala y complejidad comparables, por lo que la participación de Enchanted Rock resultó fundamental para aportar capacidad técnica, operacional y financiera al consorcio.

La Junta incluso señala en su expediente que Power Expectations había obtenido la puntuación más baja entre las propuestas evaluadas y cuestionó la aceptación inicial de una fianza de oferta de apenas $300,000 frente a un contrato cuyo valor máximo podía acercarse a los $5,900 millones.

Enero a junio de 2026: la Junta cuestiona y finalmente aprueba

Aunque la adjudicación había ocurrido durante 2025, la AEE no sometió el contrato a la Junta para evaluación hasta el 16 de enero de 2026.

A partir de entonces comenzó una serie de requerimientos de información sobre el proceso competitivo, la estructura financiera, la capacidad de los participantes, los precios, las garantías y el calendario de ejecución.

La Junta concedió una aprobación condicionada el 8 de mayo y la autorización final el 2 de junio después de que se incorporaran modificaciones al acuerdo. Ambas determinaciones expresamente se reservaban el derecho de reconsiderar la autorización si posteriormente surgían inexactitudes o representaciones incorrectas, fueran intencionales o no.

El contrato fue finalmente ejecutado el 10 de junio de 2026.

12 de junio: Enchanted Rock sale y aparece Flotek

Solo dos días después ocurrió uno de los acontecimientos que eventualmente se convertiría en pieza central de la controversia.

Según los documentos entregados posteriormente, el 12 de junio se ejecutó un acuerdo mediante el cual la participación atribuida a Enchanted Rock pasaría a Flotek Industries.

La Junta cuestionaría posteriormente cómo pudo identificarse, negociarse y documentarse en cuestión de horas un sustituto para asumir responsabilidades relacionadas con un contrato de diez años y casi $5,900 millones.

Flotek no había participado como integrante del grupo originalmente evaluado en la subasta.

La Junta sostiene además que una modificación material de esa naturaleza debía ser sometida nuevamente al organismo fiscal para autorización. Eso nunca ocurrió.

16 de junio: surgen las alegaciones sobre Enchanted Rock

Cuatro días después, el 16 de junio, abogados de ERock —empresa matriz de Enchanted Rock— contactaron representantes de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas (AAPP) para levantar alegaciones relacionadas con la participación de la empresa y la autoridad de la firma que aparecía en el contrato.

La AAPP remitió ese mismo día el asunto a 3PPO para investigación.

Ese punto se convirtió posteriormente en una de las mayores controversias de toda la contratación: 3PPO y AAPP conocían desde mediados de junio las alegaciones, pero la AEE y la Junta sostienen que no fueron informadas entonces.

Enchanted Rock ha endurecido desde entonces su posición. La empresa sostiene que nunca firmó ni autorizó su participación en el contrato y que desde noviembre de 2025 había informado a Power Expectations que no podía suscribirlo. También asegura que el 3 de junio todavía se le solicitaba firmar el acuerdo.

La empresa afirma que originalmente los borradores identificaban como firmante a Corey Amthor, pero que la versión finalmente ejecutada fue suscrita por una persona identificada como Jhoby Weaks, bajo el título de “COO-Caribbean Operations”. ERock sostiene que Weaks no era empleado suyo y que ese cargo no existía dentro de la empresa. Esos planteamientos forman parte de las alegaciones bajo investigación y no constituyen por sí mismos una determinación criminal.

Junio y julio: el proyecto comienza a atrasarse

Mientras la controversia sobre Enchanted Rock era investigada internamente, la ejecución del contrato comenzó a presentar otros problemas.

Power Expectations notificó a 3PPO sobre la sustitución de Enchanted Rock por Flotek alrededor del 17 de junio, pero la AEE no recibió una solicitud formal para consentir el cambio hasta el 9 de julio, 27 días después de la fecha del acuerdo de asignación.

El 6 de julio, Power Expectations presentó además un aviso de retraso solicitando una extensión. La AEE rechazó posteriormente esa petición.

Para mediados de julio ya había cuestionamientos sobre informes periódicos requeridos contractualmente, los hitos del proyecto y la garantía de cumplimiento.

El 16 de julio, la Junta solicitó información sobre cualquier modificación entre las partes vendedoras, la fianza de aproximadamente $1,180 millones, la interconexión, informes de progreso y posibles atrasos.

30 y 31 de julio: aprueban a Flotek sin informar las alegaciones

El 30 de julio, 3PPO recomendó a la AEE aprobar la sustitución de Enchanted Rock por Flotek.

Un día después, el 31 de julio, la AEE dio su consentimiento.

La Junta sostiene que, al momento de formular esa recomendación, 3PPO ya conocía desde hacía más de seis semanas las alegaciones presentadas por ERock y mantenía una investigación abierta, pero no informó de ello a la AEE antes de recomendar el cambio.

Zapata-Acosta señalaría posteriormente a la Junta que la AEE desconocía las alegaciones cuando autorizó la sustitución.

3 de agosto: Flotek anuncia un negocio de $400 millones

El 3 de agosto, Flotek informó públicamente su entrada al proyecto mediante un acuerdo de diez años con Power Expectations.

La compañía esperaba aportar equipo de generación y sus sistemas PWRtek para acondicionamiento, distribución y monitoreo de gas natural. A plena operación, estimaba alrededor de $40 millones anuales en ingresos, para un potencial acumulado cercano a $400 millones durante los diez años.

Sin embargo, para ese momento la contratación ya acumulaba problemas que todavía no eran de conocimiento general.

5 de agosto: no había progreso ni fianza

La situación comenzó a deteriorarse aceleradamente.

Según la documentación de la Junta, el 5 de agosto 3PPO informó que ninguno de los principales hitos contractuales se había cumplido, no había ocurrido progreso y la garantía de cumplimiento de aproximadamente $1,180 millones no había sido entregada.

La fecha contractual para comenzar operación comercial permanecía proyectada para noviembre, pero la Junta llegó posteriormente a la conclusión de que el cumplimiento del calendario era altamente improbable.

7 de agosto: la Junta se entera por la prensa

El 7 de agosto, la controversia salió finalmente a la luz.

La Junta sostiene que conoció mediante una consulta periodística que Enchanted Rock alegaba no ser parte del proyecto y que su nombre y firma habían sido utilizados sin autorización.

Ese mismo día, el organismo obtuvo confirmación directamente de ERock y notificó que evaluaba revocar su aprobación y realizar referidos a las autoridades.

La AEE también ha indicado que conoció las alegaciones ese día a raíz de una solicitud de información periodística.

Para la Junta, esto creó una pregunta fundamental: ¿por qué AAPP y 3PPO conocían desde el 16 de junio unas alegaciones suficientemente serias como para investigarlas, pero no las habían comunicado a la AEE ni al organismo fiscal?

9 de agosto: 3PPO pide no detener el proyecto

Dos días después, 3PPO defendió que el proyecto continuara mientras se investigaban las denuncias.

Entre los argumentos utilizados estuvo que las primeras unidades de generación supuestamente ya se encontraban en tránsito hacia Puerto Rico.

La Junta cuestionó posteriormente esa posición porque, simultáneamente, las alegaciones estaban siendo consideradas suficientemente serias como para ser referidas a las autoridades.

El organismo fiscal entendió que no podía mantener vigente una contratación multimillonaria basándose en representaciones de una de las partes mientras distintos componentes del propio Gobierno consideraban que el asunto ameritaba una investigación criminal.

13 y 14 de agosto: referidos y revocación

El 13 de agosto, AAPP y la Oficina del Zar de Energía anunciaron el referido de las alegaciones al Departamento de Justicia de Puerto Rico y a autoridades federales. Flotek reconoció posteriormente esos acontecimientos en una divulgación presentada ante la Securities and Exchange Commission.

Un día después, el 14 de agosto, los miembros de la Junta votaron para revocar su aprobación, ordenar a la AEE terminar el contrato y referir los asuntos relacionados a las autoridades pertinentes.

La Junta concluyó que la contratación estaba “irreparablemente” afectada porque Enchanted Rock había sido fundamental para cualificar originalmente al grupo y ahora negaba haber autorizado su participación.

17 de agosto: la Junta abre otra caja de preguntas

En una extensa carta fechada el 17 de agosto, la Junta explicó en detalle las razones para la revocación y publicó una lista de 17 áreas de interrogantes que consideraba todavía sin contestar.

Entre ellas, quién autorizó el cambio de firmante de Enchanted Rock; qué investigación realizó 3PPO sobre Jhoby Weaks; por qué la AEE no fue informada de las alegaciones; por qué se aprobó la entrada de Flotek mientras la investigación seguía abierta; quién determinó que ese cambio no requería aprobación previa de la Junta; y qué recualificación se hizo de la nueva composición del consorcio.

El organismo también colocó bajo escrutinio un elemento hasta entonces menos visible: los cabilderos e intermediarios alrededor del contrato.

La Junta exigió identificar a todos los cabilderos, consultores, abogados, representantes de relaciones gubernamentales y otros intermediarios contratados por las partes vendedoras; conocer cuánto se les pagaría; si su compensación dependía de la adjudicación, aprobación, firma o continuidad del contrato; y quiénes participaron en reuniones donde se negociaron sus términos.

También pidió determinar si personas asociadas con las compañías habían trabajado para el Gobierno o corporaciones públicas durante los cuatro años anteriores y si se había cumplido con la certificación federal contra el cabildeo incluida en el acuerdo.

Ese mismo 17 de agosto, la AEE ordenó a todas las compañías del grupo detener inmediatamente los trabajos relacionados con el proyecto mientras evaluaba la determinación de la Junta.

18 de agosto: Power Expectations contraataca

Power Expectations respondió formalmente el 18 de agosto mediante una carta suscrita por su principal ejecutivo, Eddie Echevarria, dirigida al presidente de 3PPO, Osvaldo Carlo Linares.

La compañía alegó que la Junta había tomado una determinación adversa sin notificarle previamente las acusaciones, sin entregarle la evidencia y sin ofrecerle una oportunidad para responder.

Power Expectations reclamó que se suspendiera o rescindiera la revocación, exigió acceso al expediente administrativo completo y pidió identificar quién presentó la querella, qué evidencia fue utilizada, quién tomó la decisión y qué disposiciones contractuales o legales supuestamente habían sido violentadas.

La empresa también reclamó una oportunidad formal para presentar evidencia y argumentos antes de que se mantuviera cualquier determinación adversa y reservó expresamente su derecho a acudir a los tribunales.

La carta fue más lejos y levantó alegaciones sobre posibles conflictos de interés e intervenciones de abogados y cabilderos, incluyendo cuestionamientos relacionados con O’Neill & Borges, McConnell Valdés y otras personas mencionadas por la compañía.

Estos señalamientos corresponden a las alegaciones formuladas por Power Expectations y no representan conclusiones de que se haya cometido una actuación ilegal o impropia.

18 de agosto: 3PPO cuestiona a la Junta

También el 18 de agosto, 3PPO remitió una comunicación a la Junta en la que explicó que había celebrado reuniones tanto con representantes de ERock como de Power Expectations como parte de su investigación.

La oficina recogió los reclamos de Power Expectations de que sus oficiales nunca fueron contactados por la Junta para responder a las acusaciones antes de que se ordenara la cancelación.

3PPO también levantó interrogantes sobre la participación de O’Neill & Borges, firma que, según la comunicación, había trabajado como abogado de la Junta en procedimientos vinculados a PROMESA y que ahora representaba a ERock en la controversia.

La oficina planteó que la combinación entre la rapidez de la cancelación, las alegaciones de falta de oportunidad para ser escuchado y los cuestionamientos sobre potenciales conflictos ameritaba aclaraciones adicionales.

Más importante aún, 3PPO confirmó que los asuntos relacionados con alegaciones de fraude, conflictos de interés y otras controversias habían sido referidos a autoridades locales y federales.

Según la comunicación, la Fiscalía Federal había dirigido el asunto al Negociado Federal de Investigaciones (FBI). 3PPO añadió que también contemplaba un posible referido a la Securities and Exchange Commission (SEC) por alegaciones que podrían caer bajo la jurisdicción de esa agencia.

La oficina aclaró que no estaba concluyendo que se hubiese cometido delito alguno y que esa determinación correspondía a los fiscales.

18 de agosto: Flotek reconoce que puede perder el negocio

Ese mismo martes, mientras las cartas circulaban entre las partes, Flotek Industries presentó un informe 8-K ante la SEC para actualizar a sus inversionistas.

La empresa confirmó la orden de detener los trabajos y reconoció que, al momento de presentar el documento, la AEE todavía no le había entregado una notificación formal de terminación.

Flotek dijo que evaluaba el impacto de los acontecimientos y admitió que no podía garantizar que el contrato continuara, que la paralización fuera levantada, que la Junta modificara su determinación ni que la compañía llegara a recibir los ingresos esperados.

La empresa también hizo una precisión importante para sus accionistas: sus proyecciones financieras para 2026 no incluían ingreso alguno proveniente del proyecto de Puerto Rico.

Flotek había proyectado entre $340 millones y $350 millones en ingresos totales durante 2026 y entre $47 millones y $51 millones en EBITDA ajustado.

La compañía sostuvo además que, antes de asumir sus responsabilidades, había sido informada de que existían preguntas sobre ciertas firmas relacionadas con el contrato, pero que se le indicó que esas interrogantes habían sido examinadas durante el proceso de contratación.

Horas después: la AEE finalmente cancela

La incertidumbre expresada por Flotek duró apenas unas horas.

Durante la noche del 18 de agosto, la directora ejecutiva de la AEE envió a Power Expectations la notificación formal de terminación.

Con esa carta, la contratación pasó de estar paralizada y bajo una orden de la Junta para que fuera cancelada a estar oficialmente terminada por la corporación pública que había suscrito el acuerdo.

La AEE utilizó dos fundamentos.

Primero, la Junta había revocado su aprobación y ordenado expresamente la terminación.

Segundo, Power Expectations no había cumplido con el requisito de entregar una carta de crédito irrevocable o garantía de cumplimiento por aproximadamente $1,180 millones, ni dentro del término original ni durante una oportunidad adicional concedida para subsanar el incumplimiento.

La AEE había advertido desde el 10 de agosto que la ausencia de esa garantía constituía un evento de incumplimiento inmediato.

Zapata-Acosta indicó además que la corporación pública se reserva cualquier otro derecho, reclamación o remedio disponible bajo el contrato y la legislación aplicable.

Se acabó el contrato, no las preguntas

La cancelación termina el vehículo contractual que pretendía añadir 400 MW a la Central Aguirre, pero deja abierta una investigación mucho más amplia sobre cómo un acuerdo de casi $5,900 millones llegó hasta su firma y aprobación final en medio de las controversias que ahora han salido a la luz.

Todavía quedan por contestar preguntas sobre la participación real de Enchanted Rock, la autoridad de quien firmó utilizando su nombre, la rapidez con la que Flotek fue identificada como sustituto, la información que 3PPO y AAPP conocían desde junio, por qué la AEE y la Junta no fueron notificadas entonces y qué papel desempeñaron cabilderos, abogados, consultores e intermediarios.

También está por verse qué producirán los referidos realizados a Justicia, las autoridades federales y cualquier evaluación adicional por parte del FBI o eventualmente la SEC.

La Junta, mientras tanto, ha señalado otras opciones para atender la emergencia energética, incluyendo reparaciones a unidades en San Juan y Palo Seco, acelerar proyectos de generación pico y almacenamiento de Genera PR, desarrollar capacidad solar y de baterías y realizar un nuevo proceso competitivo para conseguir generación adicional.

El contrato que prometía convertirse en una de las mayores inversiones para atender la falta de generación en Puerto Rico ya está cancelado.

Ahora el foco cambia de cuándo llegarían los 400 megavatios a quién sabía qué, cuándo lo supo y por qué el proceso continuó hasta alcanzar casi $5,900 millones en compromisos potenciales antes de terminar paralizado, referido a las autoridades y finalmente rescindido.